0701 10 00 - Para siembra |
0701 90 10 - Que se destinen a la fabricación de fécula |
0701 90 50 - Tempranas, del 1 de enero al 30 de junio |
0701 90 90 - Las demás |
0702 00 00 - Tomates frescos o refrigerados |
0703 10 11 - Para simiente |
0703 10 19 - Las demás |
0703 10 90 - Chalotes |
0703 20 00 - Ajos |
0703 90 00 - Puerros y demás hortalizas aliáceas |
0704 10 00 - Coliflores y brécoles («broccoli») |
0704 20 00 - Coles (repollitos) de Bruselas |
0704 90 10 - Coles blancas y rojas (lombardas) |
0704 90 90 - Los demás |
0705 11 00 - Repolladas |
0705 19 00 - Las demás |
0705 21 00 - Endibia «witloof» (Cichorium intybus var. foliosum) |
0705 29 00 - Las demás |
0706 10 00 - Zanahorias y nabos |
0706 90 10 - Apionabos |
0706 90 30 - Rábanos rusticanos (Cochlearia armoracia) |
0706 90 90 - Los demás |
0707 00 05 - Pepinos |
0707 00 90 - Pepinillos |
0709 20 00 - Espárragos |
0709 30 00 - Berenjenas |
0709 40 00 - Apio (excepto el apionabo) |
0709 51 00 - Hongos del género Agaricus |
0709 59 10 - Cantharellus spp. |
0709 59 30 - Del género Boletus |
0709 59 50 - Trufas |
0709 59 90 - Las demás |
0709 60 10 - Pimientos dulces |
0709 60 91 - Del género Capsicum que se destinen a la fabricación de capsicina o de colorantes de oleorresinas de Capsicum |
0709 60 95 - Que se destinen a la fabricación industrial de aceites esenciales o de resinoides |
0709 60 99 - Los demás |
0709 70 00 - Espinacas (incluida la de Nueva Zelanda), y armuelles |
0709 90 10 - Ensaladas [excepto las lechugas (Lactuca sativa)] y achicorias [comprendidas la escarola y la endivia] (Cichorium spp.]) |
0709 90 20 - Acelgas y cardos |
0709 90 50 - Hinojo |
0709 90 60 - Maíz dulce |
0709 90 70 - Calabacines (zapallitos) |
0709 90 80 - Alcachofas (alcauciles) |
0709 90 90 - Las demás |
0714 10 91 - Del tipo de las utilizadas para el consumo humano, en envases inmediatos con un contenido neto inferior o igual a 28 kg, ya sean frescos y enteros, congelados sin piel o incluso cortados en trozos |
0714 10 98 - Las demás |
0714 20 10 - Frescas, enteras, para el consumo humano |
0714 20 90 - Las demás |
0714 90 11 - De los tipos utilizados para el consumo humano, en envases inmediatos con un contenido neto inferior o igual a 28 kg, ya sean frescos y enteros, congelados sin piel o incluso cortados en trozos |
0714 90 19 - Los demás |
0714 90 90 - Los demás |
0807 11 00 - Sandías |
0807 19 00 - Los demás |
1209 10 00 - Semilla de remolacha azucarera |
1209 91 10 - Semilla de colirrábano (Brassica oleracea, var. caulorapa y gongylodes L.) |
1209 91 30 - Semilla de remolacha de ensalada o de mesa (Beta vulgaris var. conditiva) |
1209 91 90 - Las demás |
1212 91 20 - Seca incluso pulverizada |
1212 91 80 - Las demás |